Política de Igualdad, No Discriminación y Prevención del Acoso Sexual
En SISTEMAS DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICA DE LATINOAMÉRICA SIGLA, estamos comprometidos con la promoción y mantenimiento de un entorno de trabajo seguro, saludable, digno, respetuoso e inclusivo, en el que se protejan la dignidad humana, la igualdad, la integridad y los derechos fundamentales de todas las personas.
SIGLA manifiesta su tolerancia cero frente al acoso sexual, la violencia basada en género y cualquier forma de discriminación en el contexto laboral, y rechaza de manera categórica toda conducta que vulnere la dignidad, libertad, integridad o igualdad de las personas.
Para el cumplimiento de este compromiso, se establecen los siguientes principios:
1.- Prevención y atención:
SIGLA implementará mecanismos para la prevención, identificación, atención y seguimiento de situaciones de acoso sexual, violencia basada en género y discriminación que puedan presentarse en el contexto laboral, de conformidad con la legislación colombiana vigente. La organización promoverá acciones de sensibilización, capacitación y comunicación orientadas a prevenir estas conductas y fortalecer relaciones laborales basadas en el respeto, la igualdad y la dignidad humana.
2.- Ámbito de aplicación:
Esta política aplica a todas las personas que tengan relación con SIGLA o que interactúen en el contexto laboral, incluyendo, entre otros:
- Trabajadores con contrato laboral, independientemente de su cargo o
nivel jerárquico. - Trabajadores en misión.
- Contratistas y trabajadores independientes.
- Consultores externos.
- Practicantes, aprendices y estudiantes en formación.
- Proveedores, clientes, usuarios y visitantes, cuando las conductas se
presenten en el contexto de las relaciones laborales o con ocasión de estas.
3.- Igualdad y no discriminación:
SIGLA promoverá un ambiente laboral basado en la igualdad de oportunidades y el respeto por la dignidad de todas las personas, rechazando cualquier trato discriminatorio basado, entre otros factores, en sexo, género, orientación sexual, identidad de género, edad, origen, nacionalidad, etnia, discapacidad, religión, condición socioeconómica, opinión o cualquier otra condición protegida por la Constitución y la ley. Las decisiones relacionadas con la vinculación, permanencia, desarrollo, remuneración, promoción y demás condiciones laborales deberán observar criterios objetivos, respetando los principios de igualdad y no discriminación.
4.- Acoso sexual en el contexto laboral:
Para efectos de esta política, se entenderá por acoso sexual aquella conducta de naturaleza o connotación sexual, no deseada por quien la recibe, que se presente en el contexto laboral o con ocasión de este y que pueda afectar la dignidad, libertad o integridad de la persona.
El acoso sexual puede manifestarse mediante conductas físicas, verbales, no verbales o por medios tecnológicos y no requiere necesariamente reiteración para ser objeto de atención.
5.- Conductas que pueden constituir acoso sexual:
De manera enunciativa, y sin limitarse a ellas, pueden constituir conductas de acoso sexual:
- Comentarios, insinuaciones, bromas o expresiones de contenido sexual no deseadas.
- Comentarios inapropiados sobre el cuerpo, apariencia o vida sexual de una persona.
- Gestos, miradas o comportamientos de naturaleza sexual no deseados.
- Exhibición, envío o difusión no consentida de material de contenido sexual.
- Contactos físicos, acercamientos o roces de naturaleza sexual no deseados.
- Solicitudes o exigencias de favores sexuales.
- Condicionamiento de beneficios, oportunidades, permanencia, ascensos u otras condiciones laborales a la aceptación de conductas de naturaleza sexual.
- Amenazas, presiones o represalias relacionadas con el rechazo de conductas de naturaleza sexual.
- Cualquier otra conducta de naturaleza sexual que pueda vulnerar la dignidad, libertad o integridad de una persona en el contexto laboral.
6.- Ruta interna de atención:
SIGLA dispone de una Ruta de Atención para Casos de Acoso Sexual, mediante la cual podrán reportarse situaciones de presunto acoso sexual, violencia basada en género o conductas relacionadas.
Las quejas o reportes podrán presentarse a través del correo electrónico: comite.etica.sigla@gmail.com
La organización garantizará el manejo reservado de la información, la confidencialidad, la protección de la persona que presenta la queja y la adopción de las medidas de atención y protección que resulten procedentes, de acuerdo con las circunstancias particulares de cada caso y la normatividad vigente.
La ruta interna se desarrollará de conformidad con el procedimiento establecido por SIGLA y bajo los principios de debida diligencia, imparcialidad, confidencialidad, respeto, no revictimización y protección frente a posibles represalias.
7.- Competencia frente al acoso sexual:
Las situaciones de presunto acoso sexual no serán tramitadas por el Comité de Convivencia Laboral, teniendo en cuenta que estas conductas no son conciliables.
La atención de estos casos se realizará mediante la ruta y el procedimiento interno establecido por SIGLA para tal finalidad, de conformidad con la Ley 2365 de 2024 y demás normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.
El trámite interno ante SIGLA no limita ni condiciona el derecho de la persona afectada a acudir directamente a las autoridades competentes.
8.- Confidencialidad y protección frente a represalias:
SIGLA protegerá la confidencialidad de la información conocida con ocasión de una queja o reporte y adoptará las medidas necesarias para prevenir actos de represalia, intimidación o cualquier conducta que pueda afectar a la persona que presenta la queja, a las personas involucradas o a quienes intervengan en el trámite. La información será manejada únicamente por las personas que, de acuerdo con sus funciones y competencias, deban conocerla.
9. Medidas de atención y protección:
De acuerdo con las circunstancias de cada caso, SIGLA podrá adoptar las medidas de atención, protección y prevención que resulten pertinentes, procurando evitar la exposición innecesaria de la persona afectada y prevenir la repetición de las conductas reportadas. Las actuaciones se desarrollarán respetando los derechos de las personas involucradas y las garantías propias del debido proceso.
10.- Acciones legales externas:
La persona afectada podrá acudir directamente a las autoridades competentes para ejercer las acciones legales que considere pertinentes. En los casos que puedan constituir delito, la persona afectada podrá acudir ante la Fiscalía General de la Nación, a través de los canales oficiales dispuestos por dicha entidad.
11. Procedimiento interno:
SIGLA cuenta con un procedimiento denominado “Ruta de Atención de Casos de Acoso Sexual”, que establece los mecanismos para la recepción, atención, análisis, adopción de medidas y seguimiento de las situaciones reportadas.
El procedimiento será aplicado de acuerdo con las circunstancias particulares de cada caso y deberá garantizar la debida diligencia, confidencialidad, protección, no revictimización y ausencia de demoras injustificadas, de conformidad con la normatividad vigente.
12. Compromiso institucional:
SIGLA promoverá permanentemente una cultura organizacional basada en el respeto, la igualdad, la dignidad humana y la sana convivencia, fortaleciendo las acciones de prevención y sensibilización frente al acoso sexual, la violencia basada en género y la discriminación.
La presente política será divulgada a las personas que hacen parte de la organización y será revisada y actualizada cuando se presenten cambios en la legislación, en los riesgos identificados o en las condiciones de operación de la organización.
Ruta Externa de Denuncia Legal:
Si lo considera pertinente, la presunta víctima podrá activar las acciones legales correspondientes ante la Fiscalía General de la Nación.
Los canales formales de atención y recepción de denuncias son: Correo Electrónico: denuncia.acoso@fiscalia.gov.co
Línea Celular Gratuita: 122 (Atención 24 horas)
Línea Fija Gratuita: 01 8000 9197 48
Portal Web: Sección “Denuncia Fácil” en www.fiscalia.gov.co
